Guia Rápida

Los diferentes status que guardan los asuntos:

En nuestras listas del inventario disponible por estados están identificados bajo los siguientes conceptos:
Escriturado Disponible
Inmuebles que se pueden ofrecer al cliente ya escriturados, al corriente con sus pagos de impuestos y con posesión física y jurídica.

No tiene problemas Jurídicos.
Se firma un contrato de Promesa de Compra Venta con un depósito mínimo del 30% y el restante a la firma de la escritura pública en un plazo de entre 30 y 90 días.

Escriturado No Disponible
Inmuebles que se pueden ofrecer al cliente escriturados y al corriente del pago de impuestos.
No se cuenta con la posesión Física ni Jurídica.
Se firma un contrato de Promesa de Compra Venta con un depósito mínimo del 30 % y el restante a la firma de la escritura pública en un plazo de entre 30 Y 90 días. La toma de posesión será por cuenta y orden del comprador

Derechos Fiduciarios
En este rubro,La Empresa Recuperadora o el Banco es el dueño ya sea del 100% o de algún porcentaje de Derechos de Fideicomisario donde el Fiduciario es el propietario de los bienes. La empresa recuperadora o el banco puede instruir al Fiduciario para  Vender el inmueble a un cliente o Ceder los derechos que tiene en el fideicomiso.
Pertenece a un fideicomiso.
En el primero de los casos la venta se efectúa mediante la firma de un contrato de promesa de Compra Venta que el cliente celebra con el Fiduciario, con un mínimo de 30% a la firma de dicho contrato y el resto a la firma de la escritura pública en un plazo de 30 días. El segundo caso, se efectúa con el pago del 100 % a la firma de un contrato de cesión de derechos de Fideicomisario, donde la entidad propietaria cede directamente al cliente sus derechos y obligaciones en dicho Fideicomiso

Derechos Adjudicados No Disponibles
En estas operaciones contamos con la Sentencia de Adjudicación en firme a favor del Banco que demandó el pago del crédito.
El inmueble se encuentra en trámite de escrituración, pero no se cuenta con toma de posesión física ni jurídica.
Se vende mediante un Contrato de Cesión de Derechos de Adjudicación, con el pago del 100 % a la firma de dicho contrato y en estos casos el cliente asume todos los gastos que se generen desde el juicio hasta la escrituración. En estos gastos se consideran los ISAI por traslado de dominio, así como los honorarios que se adeuden al abogado externo que llevó el juicio y aquellos que se originen por la toma de posesión.

Derechos Litigiosos
Estos derechos se generaron por algún amparo que interpuso un ex-deudor y que pudo ganarlo, entonces quedó sin efecto la adjudicación o simplemente no se ha llegado a obtener la sentencia de remate, entonces el inmueble todavía es sujeto del juicio que este en proceso.

No se cuenta con la sentencia de adjudicación del inmueble, por tanto, tampoco con la escrituración ni con la toma de posesión física y jurídica.
En estos casos se puede enajenar el derecho sobre el inmueble en garantía, mediante la firma de un Contrato de Cesión de Derechos Litigiosos, con el pago del 100% a la firma de dicho contrato y en estos casos el cliente asume todos los gastos que se generen durante dicho proceso.

Derechos de Crédito
Estos derechos se derivan de créditos que las Instituciones de Crédito otorgaron a un cliente y éste no pagó, en consecuencia son créditos vencidos, pero no se ha iniciado la acción jurídica que corresponda para la recuperación del adeudo.
No se ha hecho demanda alguna contra el deudor, y por tanto, no hay todavía juicio abierto. No tiene sentencia de adjudicación, ni escrituras ni toma de posesión física.

Se ceden los derechos mediante la firma de un “Contrato de Cesión de Derechos de Crédito”, con el pago del 100% a la firma de dicho contrato y en este caso el cliente asume todos los gastos de dicho proceso.
PREGUNTA FRECUENTE
Que es un bien adjudicado?

Un bien adjudicado, es la consecuencia de un procedimiento legal en donde el inmueble fue embargado y adjudicado al Actor.
Éste último ya debe contar con la Sentencia correspondiente de adjudicación, por lo tanto, puede venderla con entera libertad, Usted como comprador debe elegir a un Notario de tu confianza para que revise que todos los documentos estén en regla y proceder a tirar la Escritura de Compra Venta a su nombre, o a quien usted designe como nuevo propietario, en estricto derecho, el inmueble deberá ser entregado de inmediato una vez  pagado y firmada la Escritura de compra venta.

Observación……
No es lo mismo comprar un inmueble adjudicado, que comprar los derechos litigiosos de un procedimiento Judicial, éste último  tiene pendiente o en curso el proceso judicial y es preciso conocer los detalles y alcances del mismo antes de adquirirlos, como cualquier negocio tiene sus riesgos y  beneficios, y es por esta razón que ampliamente recomendamos estudiar los casos con experimentados abogados antes de hacer la gestión de adquirir los derechos litigiosos de cualquier caso, sí usted no cuenta con los servicios de un profesional, podremos recomendarle a alguno de los que trabajan con nosotros..

6 respuestas a Guia Rápida

  1. zedrikblak dijo:

    Hola, me interesa invertir en derechos litigiosos, mis dudas son las siguientes:

    1. ¿Hay cantidades minimas a invertir?
    2. ¿Qué gastos existen cuando uno compra derechos litigiosos?
    2. ¿El registro de $2500 me incluye la asesoria para la verificación juridica y financiera de dichas oportunidades y el respaldo durante el juicio?. ¿Para negocios posteriores es necesario pagarlo nuevamente?
    3. ¿Cuánto tiempo transcurre entre la compra de los derechos litigiosos y el remate en el juzgado?
    4. ¿Es posible comprar los derechos litigiosos y en el remate permitir su adjudicacion a un tercero, si con ello se cumplen mis objetivos financieros?. ¿En que gastos puedo incurrir si opero de esa forma? ¿Cómo se manejarían sus honorarios en este ejemplo?

    Espero su pronta respuesta y que tenga excelente tarde.

    Atte. Rafael Martínez
    Estado de México.

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    • No hay cantidades mínimas a invertir, pero puedo compartirle que mientras mas asuntos se suban al paquete, mayores son las posibilidades de gestionar atractivos descuentos, los gastos que hay que considerar en este tipo de opercaiones son los mismos que una compraventa común cuando se pueden escriturar, con la diferencia de que todos los gastos incluyendo el impuesto sobre la rena y los adeudos que eventualmente existan sobre los asuntos deben correr por cuenta del adquirente las Empresas propietarias no suelen hacer frente a los gastos que corresponden a los propietarios,sin embargo es muy común hacer un descuento imortante sobre el precio de venta con la intención de compenzar a los gastos que el adquirente deberá enfrentar para la adquisición

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  2. RODOLFO RANGEL dijo:

    BUENAS TARDES, MI CPREGUNTA ES LA SIGUIENTE:ME INTERESA ADQUIRIR EL INMUEBLE Guanajuato Clave BI6-0815/CE-LEO-1245-1 status Escriturado No Disponible Tipo Comercial Comercial Aurora Silao Centro Silao Silao Descripción: LOCAL COMERCIAL *** AREA COMERCIAL EN DOS PLANTAS Terreno: 27,55 Construcción: 55,1 Valor de referencia: $151.800,00
    CUAL ES PRECIO TOTAL EN CUANTO TIEMPO ME LO ENTREGAS, YDE FAVOR MANDAME LA UBICACION CORRECTA.
    DE ANTEMANO GRACIAS Y ESPERO UNA RESPUESTA A LA BREVEDAD.

    ATTE. RODOLFO RANGEL

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    • Estimado Sr Rodolfo Rángel:

      La información que tenemos del inmueble a continuación la comparto:

      Guanajuato
      Número: 3
      Ciudad: Silao
      Número Interior: N/A
      Delegación / Municipio: Silao
      Terreno (m²): 27.55
      Colonia: Silao Centro
      Construcción (m²): 55.1
      Calle: Aurora
      Valor de Referencia: $ 151,800.00
      Tipo: Comercia
      Subtipo: Comercial
      Estatus Jurídico Escriturado No Disponible
      Copropiedad: 100%
      Descripción: LOCAL COMERCIAL *** AREA COMERCIAL EN DOS PLANTAS

      Serà conveniente solicitar el expediente para poderselo compartir y lo verifique con un abogado de su confianza, para ello le pido atentamente que nos envíe una carta de intención en la que nos manifiesta su deseo por conocer mas sobre este caso solicitando la documentación del caso.

      Dicha carta podrá enviarla a nuestra dirección electrónica y deberá ser acompañada de una foto de su credencial de elector por ambas caras, dónde se pueda comparar la firma de la carta con la de su credencial.

      En el transcurso de 3 días posteriores a la recepción de su carta , le estaremos enviando el expediente completo a su charola de entrada con toda la información para su análisis.

      Como pudo usted observar el inmueble esta clasificado como escriturado NO Disponible, esto significa que se lo podremos escriturar de inmediato, pero no podemos definir el tiempo de entrega , esto lo tendrá que pronósticar el abogado que tome el caso una vez que analice los antecedentes.

      En cuanto al precio final, le comparto que es nuestra labor gestionar descuentos ante la propietaria en su beneficio, tomando como base el valor de referencia de $151,800.00 me atrevería a proponer una oferta de $110,000.00 como valor final de venta.

      Sí así resultará la aprobación del precio por el comité del banco, la diferencia entre el valor de referencia y el valor final de venta sería $41,800.00 sobre esta diferencia habria que considerar el 30% que se aplicaría para el pago de nuestros honorarios por la gestión, o sea la cantidad de : $12, 540.00

      Por lo tanto el costo del inmueble entre su precio supuesto aprobado y nuestros honorarios asciente a $122,540.00
      Deberá considerar sumar los gastos de escrituración, el pago de impuestos y los gastos de su abogado para gestionar la desocupación.

      Sin mas por el momento reciba cordiales saludos.

      ATENTAMENTE

      Alejandro Aguirre Desamaniego

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    • NORMA BERNAL dijo:

      ME INTERESA LA CASA DE MAESTROS FEDERALES POR LA AV GOB ALDRETE MANDEME EL PRECIO FINAL YA CON DESCUENTO.SALUDOS AQUI EN MEXICALI BC

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    • Estimada Norma:

      Todos los casos se tienen que presentar al comité del banco y son ellos los que determinan el precio final.
      Para poder presentar una oferta al comité deberá antes estudiar el caso a fondo y cotizar con un abogado de su confianza competente el proceso a seguir.
      Por política del banco solamente se dan precios finales a ofertas formales con personas que esten identificadas previamente.
      Mi sugerencia es que solicite el expediente mediante su carta de intención y la acompañe con una copia de su credencial de elector.
      Una vez qe conozca el caso a fondo de forma común le propongo que evaluemos los alcances de su posible oferta.

      Reciba cordiales saldos.

      ATENTAMENTE

      Alejandro Aguirre Desamaniego

      .

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